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Tema: Hipotecas -> Categoría: Economía -> Autor: PF -> Revisión: 24/07/2008
Gastos de compra de una vivienda con hipoteca (España)

Cuando se adquiere un inmueble con hipoteca, además de los intereses impuestos por la entidad financiera, se generan otros gastos. Estos también deben afrontarse en el momento de comprar la vivienda.

 

Desglose de gastos

 

Los gastos a los que se debe hacer frente a la hora de comprar un inmueble con  una hipoteca son:

 

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA

 

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

 

  • Notaría

 

  • Gestoría

 

  • Registro de la Propiedad

 

  • Comisión de apertura

 

  • Tasación

 

  • Otros gastos opcionales: seguros, inmobiliaria, etc.

 

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

 

Se trata de un impuesto que es aplicable a los inmuebles de ocasión, es decir, a aquellos inmuebles que ya han sido usados previamente.

 

El importe se corresponde con un 6% ó 7% del precio de la vivienda marcado en la escritura. La variación depende de la Comunidad Autónoma donde se realice la compra.

 

IVA

 

Es un impuesto que se aplica a aquellos inmuebles de nueva construcción o de nuevo uso. Su importe se corresponde con el 7% del precio del inmueble marcado en la escritura.

 

Se trata de un impuesto fijo para toda España, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que se realice la compra del inmueble.

 

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

 

Es un impuesto obligatorio y aplicable a todo tipo de inmuebles. En el caso de las hipotecas supone entre el 0,1% y el 1% del precio del inmueble señalado en la escritura.

 

Este impuesto sufre variación dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la vivienda que se quiera comprar.

 

Notaría

 

El notario, en el proceso de formalización de la escritura del inmueble, actúa como legalizador del contrato con independencia de las partes.

 

Sus minutas (tarifas) están reguladas por la ley. En España es habitual que el notario esté en estrecha relación con el Registro de la Propiedad.

 

Gestoría

 

Se encarga de tramitar la escritura de la hipoteca y la liquidación de impuestos y préstamo hipotecario, hasta que el inmueble queda inscrito en el Registro de la Propiedad.

 

El Registro está dividido territorialmente, por lo que es necesario inscribir el inmueble en la oficina que regula la zona en la que está situado.

 

Registro de la Propiedad

 

Se trata del organismo encargado de hacer pública la información sobre el propietario, las transmisiones, la descripción, las cargas y otros datos del inmueble.

 

En caso de adquirir una vivienda de segunda mano, es recomendable acudir al Registro para revisar su estado actual y comprobar que no está sujeta a restricciones de la propiedad.

 

Comisión de apertura

 

Esta comisión es un importe que, en la mayoría de los casos, se abona a la entidad financiera cuando se formaliza la contratación de una hipoteca.

 

El importe se corresponde con los gastos administrativos y de tramitación derivados del proceso de contratación del préstamo hipotecario.

 

Tasación

 

La labor de tasación consiste en la valoración económica del inmueble por parte de un perito especializado. El valor de tasación hace referencia al importe teórico de mercado.

 

En el importe influyen las características de la vivienda y otras operaciones realizadas en zonas próximas, en inmuebles con antigüedad y calidad similares.

 

Observaciones

 

Los gastos señalados hasta este punto son los mínimos obligatorios que genera la tramitación de una hipoteca. Todos los gastos derivados de un proceso de compra-venta, desgravan en la declaración de la renta a excepción de los opcionales como los gastos de inmobiliaria.

 

Pueden realizarse varias tasaciones sobre un mismo inmueble para comparar los distintos valores. En la mayoría de los casos hay que abonarlas aunque no se contrate la hipoteca con la entidad que realiza la tasación.

 




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