Cuando se adquiere un inmueble con hipoteca, además
de los intereses impuestos por la entidad financiera, se generan otros gastos.
Estos también deben afrontarse en el momento de comprar la vivienda.
Desglose
de gastos
Los gastos a los que se debe hacer frente a la hora de
comprar un inmueble con una hipoteca
son:
- Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales o IVA
- Impuesto sobre Actos
Jurídicos Documentados (IAJD)
- Otros gastos
opcionales: seguros, inmobiliaria, etc.
Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales
Se trata de un
impuesto que es aplicable a los inmuebles de ocasión, es decir, a aquellos
inmuebles que ya han sido usados previamente.
El importe se
corresponde con un 6% ó 7% del precio de la vivienda marcado en la
escritura. La variación depende de la Comunidad Autónoma donde se realice la
compra.
IVA
Es un impuesto que se
aplica a aquellos inmuebles de nueva construcción o de nuevo uso. Su
importe se corresponde con el 7% del precio del inmueble marcado en la
escritura.
Se trata de un impuesto
fijo para toda España, independientemente de la Comunidad Autónoma en la
que se realice la compra del inmueble.
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Es un impuesto obligatorio
y aplicable a todo tipo de inmuebles. En el caso de las hipotecas supone
entre el 0,1% y el 1% del precio del inmueble señalado en la escritura.
Este impuesto sufre
variación dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la
vivienda que se quiera comprar.
Notaría
El notario, en
el proceso de formalización de la escritura del inmueble, actúa
como legalizador del contrato con independencia de las partes.
Sus minutas
(tarifas) están reguladas por la ley. En España es habitual que el notario esté
en estrecha relación con el Registro de la Propiedad.
Gestoría
Se encarga de tramitar
la escritura de la hipoteca y la liquidación de impuestos y préstamo
hipotecario, hasta que el inmueble queda inscrito en el Registro de la
Propiedad.
El Registro está
dividido territorialmente, por lo que es necesario inscribir el inmueble en la
oficina que regula la zona en la que está situado.
Registro de la Propiedad
Se trata del
organismo encargado de hacer pública la información sobre el
propietario, las transmisiones, la descripción, las cargas y otros datos del
inmueble.
En caso de adquirir
una vivienda de segunda mano, es recomendable acudir al Registro para
revisar su estado actual y comprobar que no está sujeta a restricciones de la
propiedad.
Comisión de apertura
Esta comisión es un
importe que, en la mayoría de los casos, se abona a la entidad financiera
cuando se formaliza la contratación de una hipoteca.
El importe se corresponde con los gastos
administrativos y de tramitación derivados del proceso de contratación del
préstamo hipotecario.
Tasación
La labor de tasación
consiste en la valoración económica del inmueble por parte de un perito
especializado. El valor de tasación hace referencia al importe teórico
de mercado.
En el importe influyen
las características de la vivienda y otras operaciones realizadas en zonas
próximas, en inmuebles con antigüedad y calidad similares.
Observaciones
Los gastos señalados
hasta este punto son los mínimos obligatorios que genera la tramitación de una
hipoteca. Todos los gastos derivados de un proceso de compra-venta,
desgravan en la declaración de la renta a excepción de los opcionales como los
gastos de inmobiliaria.
Pueden realizarse varias
tasaciones sobre un mismo inmueble para comparar los distintos valores. En
la mayoría de los casos hay que abonarlas aunque no se contrate la hipoteca con
la entidad que realiza la tasación.
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