Se denomina préstamo a la cantidad económica que se
entrega a una persona física o jurídica con la condición de que ésta la
devuelva con los intereses y las comisiones acordadas previamente.
Los préstamos personales, también llamados créditos
al consumo, son aquellos que una persona suele solicitar para cubrir unos
gastos en un momento concreto.
Para acceder a ellos, normalmente se requieren sólo
garantías personales, es decir, el solicitante responde ante la deuda con sus
ingresos y su patrimonio. En ocasiones, quien concede el préstamo puede exigir
que el contrato sea firmado por un notario que lo
verifique.
Características
Los préstamos personales se diferencian de otro tipo de
préstamos en que:
· La
cuantía suele oscilar entre 3.000 € y 60.000 €, aunque depende de las garantías
que el solicitante pueda aportar.
· Su
plazo de devolución oscila entre un mes y 5 años, aunque cada vez hay más
entidades que amplían el plazo hasta los 8 años.
· Generalmente,
no requieren aval bancario sino que se conceden en función de las garantías
personales.
Partes
Dentro de un préstamo personal se diferencian dos partes:
principal e interés. Ambas constituyen su importe total. Éste debe ser devuelto
en un período de tiempo previamente marcado, que se denomina plazo de
amortización.
·
Principal: es el importe económico que la entidad entrega al
solicitante del préstamo personal.
·
Interés: es el importe que el solicitante del préstamo abona
a la entidad a cambio de disponer del dinero. Los intereses en los préstamos
personales son más elevados que en los hipotecarios.
Tipos
Los préstamos personales se pueden clasificar en dos
grupos en función de su del tiempo en que se tarda en obtener el dinero y las
garantías que exija la entidad para garantizar el cobro del préstamo.
También se pueden distinguir distintos tipos de préstamos
teniendo en cuenta el tipo de interés que se les aplica que puede ser fijo,
variable y mixto.
Préstamos rápidos
Este tipo de préstamos habitualmente, son concedidos por
intermediarios financieros. La cantidad máxima que se puede solicitar suele oscilar
como máximo entre 3.000 € y 6.000 €.
Es frecuente que exijan las mínimas garantías personales
y, a cambio, aplican intereses muy altos. Pueden tramitarse por internet o por
vía telefónica.
Préstamos garantizados
Generalmente la cuantía del préstamo que se puede
solicitar es mayor que en el caso de los préstamos rápido. En muchos casos la
cantidad puede ascender hasta los 60.000 €.
En su mayoría estos préstamos son concedidos por entidades
financieras. Requieren unas garantías más estrictas como un contrato firmado
por un notario o un aval. Los intereses son más bajos que en el caso anterior.
Tipos de interés de los préstamos
Los préstamos personales también pueden diferenciarse en
tres grupos según su tipo de interés. Así, se distingue entre préstamos
personales:
· A
tipo de interés fijo: son aquellos en los que el tipo interés no varía
durante todo el plazo de devolución del préstamo.
· A
tipo de interés variable: son aquellos en los que el tipo de interés cambia
en función de las subidas o bajadas del índice de referencia elegido.
Generalmente, los índices se revisan de forma trimestral, semestral o anual.
· A
tipo de interés mixto: son aquellos en los que se combinan períodos a tipo
de interés fijo con períodos a tipo de interés variable.
Comisiones
En
los préstamos garantizados el cliente debe abonar a la entidad una serie de
comisiones. Sin embargo, en los préstamos rápidos éstas se incluyen en las
cuotas. Las comisiones más habituales son las siguientes:
·
Comisión de apertura: importe que muchas entidades cobran a sus clientes
cuando se formaliza un préstamo personal. Dicho importe corresponde a los
gastos administrativos y de tramitación.
·
Comisión por
cancelación total o parcial: importe
que las entidades financieras cobran a un cliente cuando éste abona la
totalidad o parte del crédito pendiente del préstamo personal por adelantado.
·
Comisión por cambio
de condiciones: importe que la
entidad financiera carga a su cliente cuando éste realiza alguna reforma en el
contrato original del préstamo. Dicho importe corresponde a los gastos
administrativos generados por el cambio.
Documentación para solicitar un préstamo personal
A la hora de solicitar un préstamo personal a una entidad
financiera, en la mayoría de los casos se requiere una serie de información
sobre el solicitante:
·
Información personal:
- Fotocopia del DNI o CIF, según
proceda.
- En ocasiones, aunque no es muy
habitual, se puede solicitar un certificado del estado civil que expide el
Registro Civil.
·
Información
económica: dependiendo de si el
cliente es trabajador por cuenta propia o ajena la documentación que se suele
solicitar es:
- Trabajador por cuenta ajena: en la mayoría
de los casos se solicita una copia de las tres últimas nóminas recibidas, una
copia de las dos últimas declaraciones de la renta, un justificante de otros
ingresos si es el caso y, en ocasiones, también una copia del contrato laboral.
- Trabajador por cuenta propia:
en la mayoría de los casos se solicita una copia de las dos últimas
declaraciones de la renta, un justificante de ingresos, la última declaración
del IVA y los últimos pagos fraccionados del IRPF e IVA.
A tener en cuenta
Además
de los préstamos personales, hay otras opciones para cubrir gastos. Cuando la
suma económica que se necesita es reducida se puede recurrir al adelanto de
nómina o a la tarjeta de crédito. Esta última ofrece la posibilidad
de que el cliente solicite a su entidad financiera la ampliación del máximo
mensual.
|